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OSDE deberá pagar a un hombre de 70 años con cáncer todo el estudio prequirúrgico
05.01.2025 17:25| En una decisión tomada durante el actual receso de verano, el Juez Civil y Comercial N° 2 de Goya, doctor Gabriel Guillermo Saade, ordenó de manera urgente que la empresa de medicina prepaga cubra el 100% de un estudio de alta complejidad para un afiliado. El damnificado hizo la presentación el 30 de diciembre y el 1 de enero, pese al feriado nacional se resolvió. El juez consideró que en situaciones de riesgo de vida, la justicia debe actuar con rapidez excepcional porque la salud no puede esperar.
El caso se inició cuando un vecino de 70 años, diagnosticado con cáncer de próstata, solicitó a su prepaga la cobertura de una tomografía especial llamada PET. Su médico tratante determinó que este estudio es indispensable para realizar una cirugía programada para el 8 de enero, ya que permite conocer con precisión el estado del tumor antes de operar.
A pesar de que el paciente paga puntualmente su plan de salud, la empresa le negó la autorización del estudio. Ante la inminencia de la cirugía, el Juez habilitó la feria judicial para dictar una medida autosatisfactiva, una herramienta legal rápida que brinda una solución definitiva ante una urgencia impostergable.
El Juez destacó la protección al adulto mayor y la necesidad del estudio
Para dictar esta sentencia, el doctor Saade tuvo en cuenta los siguientes puntos clave:
Condición de Adulto Mayor: El magistrado remarcó que el paciente tiene 70 años, lo que lo sitúa como una persona que merece una protección especial por parte del Estado y la Justicia para asegurar su bienestar y dignidad.
Imprescindibilidad Médica: Se constató que el estudio PET fue solicitado con carácter de "urgente" y que no puede ser sustituido por otro, siendo fundamental para evitar intervenciones quirúrgicas innecesarias o erróneas.
Conducta Arbitraria: El juez consideró insuficiente y arbitraria la negativa de la empresa, ya que no se pueden anteponer protocolos administrativos cuando existe un diagnóstico de cáncer confirmado y una cirugía programada.
Eficacia Judicial: Al tratarse de un proceso urgente, el tribunal adaptó las formas para dar una respuesta pronta y eficaz, garantizando el acceso real a la justicia en tiempos de feria.
La empresa también deberá pagar los gastos del juicio
A través de una Resolución Aclaratoria dictada el 2 de enero de 2026, el Juez determinó que la empresa prestadora de salud deberá hacerse cargo de la totalidad de las costas del proceso.
Esto significa que, además de pagar el estudio médico, la prepaga deberá abonar los gastos legales generados por el juicio, ya que su negativa injustificada fue la que obligó al paciente a recurrir a la justicia para proteger su salud.
Sanciones por incumplimiento
La resolución establece que, si la empresa no cumple con la cobertura, el paciente podrá reclamar el reintegro inmediato por vía judicial. Además, la obra social podría enfrentar una sanción económica (multa) de aproximadamente $2.612.482,50 y una denuncia penal ante la fiscalía de turno por su conducta renuente.





